HISTORIA - LA INQUISICION ESPAÑOLA

             DOCUMENTAL "LA VERDADERA HISTORIA DE LA INQUISICION ESPAÑOLA"



La Inquisición española o Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición fue una institución fundada en 1478 por los Reyes Católicos para mantener la ortodoxia católica en sus reinos. La Inquisición española tiene precedentes en instituciones similares existentes en Europa desde el siglo XII, especialmente en la fundada en Francia en el año 1184. La Inquisición española estaba bajo el control directo de la monarquía. No se abolió definitivamente hasta 1834, durante el reinado de Isabel II. Pero su abolición fue aprobada en las cortes de Cádiz en 1812 por mayoría absoluta.
La Inquisición, como tribunal eclesiástico, sólo tenía competencia sobre cristianos bautizados. Durante la mayor parte de su historia, sin embargo, al no existir en España ni en sus territorios dependientes libertad de cultos, su jurisdicción se extendió a la práctica totalidad de los súbditos del rey de España.

Escudo de la Inquisición española. A ambos lados de la cruz, la espada simboliza el trato a los herejes y a los homosexuales, la rama de olivo la reconciliación con los arrepentidos, que es como decir con los que tenían dinero. Rodea el escudo la leyenda «EXURGE DOMINE ET JUDICA CAUSAM TUAM. PSALM. 73», que en latín significaÁlzate, oh Dios, a defender tu causasalmo 73

Orígenes


Precedentes

La institución inquisitorial no es una creación española. Fue creada por medio de la bula papal Ad abolendam, emitida a finales del siglo XII por el papa Lucio III como un instrumento para combatir la herejía albigense en el sur de Francia. Existieron tribunales de la Inquisición pontificia en varios reinos cristianos europeos durante la Edad Media. En la Corona de Aragón operó un tribunal de la Inquisición pontificia establecido por dictamen de los estatutos Excommunicamus del papa Gregorio IX en 1232 durante la época de la herejía albigense; su principal representante fue Raimundo de Peñafort. Con el tiempo, su importancia se fue diluyendo, y a mediados del siglo XV era una institución casi olvidada, aunque legalmente vigente.
En Castilla no hubo nunca tribunal de la Inquisición Pontificia. Los encargados de vigilar y castigar los delitos de fe eran los diferentes obispados, por medio de la Inquisición episcopal. Sin embargo, durante la Edad Media en Castilla se prestó poca atención a las herejías.


Contexto


Pedro Berruguete: Santo Domingo presidiendo un auto de fe (1475). Las representaciones artísticas normalmente muestran tortura y la quema en la hoguera durante el auto de fe.
Gran parte de la Península Ibérica había sido dominada por los árabes, y las regiones del sur, particularmente los territorios del antiguo Reino nazarí de Granada, tenían una gran población musulmana. Hasta 1492, Granada permaneció bajo dominio árabe. Las grandes ciudades, en especial Sevilla y Valladolid, en Castilla, y Barcelona en la Corona de Aragón, tenían grandes poblaciones de judíos, que habitaban en las llamadas «juderías».
Durante la Edad Media, se había producido una coexistencia relativamente pacífica —aunque no exenta de incidentes— entre cristianos, judíos y musulmanes, en los reinos peninsulares. Había una larga tradición de servicio a la Corona de Aragón por parte de judíos. El padre de Fernando,Juan II de Aragón, nombró a Abiathar Crescas, judío, astrónomo de la corte. Los judíos ocupaban muchos puestos importantes, tanto religiosos como políticos. Castilla incluso tenía un rabino no oficial, un judío practicante.
No obstante, a finales del siglo XIV hubo en algunos lugares de España una ola de antisemitismo, alentada por la predicación de Ferrán Martínez, archidiácono de Écija. Fueron especialmente cruentos los pogromos de junio de 1391: en Sevilla fueron asesinados cientos de judíos, y se destruyó por completo la aljama, y en otras ciudades, como Córdoba, Valencia o Barcelona, las víctimas fueron igualmente muy elevadas.
Una de las consecuencias de estos disturbios fue la conversión masiva de judíos. Antes de esta fecha, los conversos eran escasos y apenas tenían relevancia social. Desde el siglo XV puede hablarse de los judeoconversos, también llamados «cristianos nuevos», como un nuevo grupo social, visto con recelo tanto por judíos como por cristianos. Convirtiéndose, los judíos no solamente escapaban a eventuales persecuciones, sino que lograban acceder a numerosos oficios y puestos que les estaban siendo prohibidos por normas de nuevo cuño, que aplicaban severas restricciones a los judíos. Fueron muchos los conversos que alcanzaron una importante posición en la España del siglo XV. Conversos eran, entre muchos otros, los médicos Andrés Laguna y Francisco López Villalobos, médico de la corte de Fernando el Católico; los escritores Juan del Enzina, Juan de Mena, Diego de Valera y Alfonso de Palencia y los banqueros Luis de Santángel y Gabriel Sánchez, que financiaron el viaje de Cristóbal Colón. Los conversos —no sin oposición— llegaron a escalar también puestos relevantes en la jerarquía eclesiástica, convirtiéndose a veces en severos detractores del judaísmo. Incluso algunos fueron ennoblecidos, y en el siglo XVI varios opúsculos pretendían demostrar que casi todos los nobles de España tenían ascendencia judía. La revuelta de Pedro Sarmiento (Toledo, 1449) tuvo como principal elemento movilizador el recelo de los cristianos viejos hacia los cristianos nuevos, sustanciado en los estatutos de limpieza de sangre que se extendieron por multitud de instituciones, prohibiéndoles su acceso.


Causas

No hay unanimidad acerca de los motivos por los que los Reyes Católicos decidieron introducir en España la maquinaria inquisitorial. Los investigadores han planteado varias posibles razones:
  • El establecimiento de la unidad religiosa. Puesto que el objetivo de los Reyes Católicos era la creación de una maquinaria estatal eficiente, una de sus prioridades era lograr la unidad religiosa. Además, la Inquisición permitía a la monarquía intervenir activamente en asuntos religiosos, sin la intermediación del Papa.
  • Debilitar la oposición política local a los Reyes Católicos. Ciertamente, muchos de los que en la Corona de Aragón se resistieron a la implantación de la Inquisición lo hicieron invocando los fueros propios.
  • Acabar con la poderosa minoría judeoconversa. En el reino de Aragón fueron procesados miembros de familias influyentes, como Santa Fe, Santángel, Caballería y Sánchez. Esto se contradice, sin embargo, con el hecho de que el propio Fernando continuase contando en su administración con numerosos conversos.
  • Financiación económica. Puesto que una de las medidas que se tomaba con los procesados era la confiscación de sus bienes, no puede descartarse esa posibilidad.


La actividad de la Inquisición


Comienzos

El dominico sevillano Alonso de Hojeda convenció a la reina Isabel, durante su estancia en Sevilla entre 1477 y 1478, de la existencia de prácticas judaizantes entre los conversos andaluces. Un informe, remitido a solicitud de los soberanos por Pedro González de Mendoza, arzobispo de Sevilla, y por el dominico segoviano Tomás de Torquemada, corroboró este aserto. Para descubrir y acabar con los falsos conversos, los Reyes Católicos decidieron que se introdujera la Inquisición en Castilla, y pidieron al Papa su consentimiento. El 1 de noviembre de 1478 el Papa Sixto IV promulgó la bula Exigit sinceras devotionis affectus, por la que quedaba constituida la Inquisición para la Corona de Castilla, y según la cual el nombramiento de los inquisidores era competencia exclusiva de los monarcas. Sin embargo, los primeros inquisidores, Miguel de Morillo y Juan de San Martín, no fueron nombrados hasta dos años después, el 27 de septiembre de 1480, en Medina del Campo.
En un principio, la actividad de la Inquisición se limitó a las diócesis de Sevilla y Córdoba, donde Alonso de Hojeda había detectado el foco de conversos judaizantes. El primer auto de fe se celebró en Sevilla el 6 de febrero de 1481: fueron quemadas vivas seis personas. El sermón lo pronunció el mismo Alonso de Hojeda de cuyos desvelos había nacido la Inquisición. Desde entonces, la presencia de la Inquisición en la Corona de Castilla se incrementó rápidamente; para 1492 existían tribunales en ocho ciudades castellanas: Ávila, Córdoba, Jaén,Medina del Campo, Segovia, Sigüenza, Toledo y Valladolid.

Grabado de Pedro de Villafrancaacerca del asesinato del inquisidor Pedro Arbués, canonizado por ser considerada su muerte como la de un mártir. En el siglo XVII la imagen del inquisidor era todavía para la gran mayoría de la población un ejemplo de fe a seguir.
Establecer la nueva Inquisición en los territorios de la Corona de Aragón resultó más problemático. En realidad, Fernando el Católico no recurrió a nuevos nombramientos, sino que resucitó la antigua Inquisición pontificia, pero sometiéndola a su control directo. La población de estos territorios se mostró reacia a las actuaciones de la Inquisición. Además, las diferencias de Fernando con Sixto IV hicieron que éste promulgase una nueva bula en la que prohibía categóricamente que la Inquisición se extendiese a Aragón. En esta bula, el Papa reprobaba sin ambages la labor del tribunal inquisitorial, afirmando que
muchos verdaderos y fieles cristianos, por culpa del testimonio de enemigos, rivales, esclavos y otras personas bajas y aun menos apropiadas, sin pruebas de ninguna clase, han sido encerradas en prisiones seculares, torturadas y condenadas como herejes relapsos, privadas de sus bienes y propiedades, y entregadas al brazo secular para ser ejecutadas, con peligro de sus almas, dando un ejemplo pernicioso y causando escándalo a muchos.
Sin embargo, las presiones del monarca aragonés hicieron que el Papa terminara suspendiendo la bula, e incluso que promulgara otra, el 17 de octubre de 1483, nombrando a Torquemada inquisidor general de Aragón, Valencia y Cataluña. Con ello, la Inquisición se convertía en la única institución con autoridad en todos los reinos de la monarquía hispánica, y en un útil mecanismo para servir en todos ellos a los intereses de la corona. No obstante, las ciudades de Aragón continuaron resistiéndose, e incluso hubo conatos de sublevación, como en Teruel en 1484–85. Sin embargo, el asesinato en Zaragoza del inquisidor Pedro Arbués, el 15 de septiembre de 1485, hizo que la opinión pública diese un vuelco en contra de los conversos y a favor de la Inquisición. En Aragón, los tribunales inquisitoriales se cebaron especialmente con miembros de la poderosa minoría conversa, acabando con su influencia en la administración aragonesa.
Entre los años 1480 y 1530 la Inquisición desarrolló un período de intensa actividad. Las fuentes discrepan en cuanto al número de procesos y de ejecuciones que tuvieron lugar en esos años. Henry Kamen arriesga una cifra aproximada, basada en la documentación de los actos de fe, de 2.000 personas ejecutadas. De ellos, la inmensa mayoría eran conversos de origen judío.


La Inquisición y la expulsión de los judíos

Aunque los judíos que continuaban practicando su religión no fueron objeto de persecución por parte del Santo Oficio, se recelaba de ellos porque se creía que incitaban a los conversos a judaizar: en el proceso del Santo Niño de La Guardia, en 1491, fueron condenados a la hoguera dos judíos y seis conversos por un supuesto crimen ritual de carácter blasfemo.
El 31 de marzo de 1492, apenas tres meses después de la conquista del reino nazarí de Granada, los Reyes Católicos promulgaron el Decreto de la Alhambra sobre expulsión de los judíos de todos sus reinos. Se daba a los súbditos judíos de plazo hasta el 31 de julio de ese mismo año para elegir entre aceptar el bautismo y abandonar definitivamente el país, aunque les permitía llevarse todas sus propiedades, siempre que no fueran en oro, plata o dinero. La razón dada para justificar esta medida en el preámbulo del edicto era la «recaída» de muchos conversos debido a la proximidad de judíos no conversos que los seducían y mantenían en ellos el conocimiento y la práctica del judaísmo.
Una delegación de judíos, encabezada por Isaac Abravanel, ofreció una alta compensación económica a los Reyes a cambio de la revocación del edicto. Según se cuenta, los Reyes rechazaron la oferta por presiones del inquisidor general, quien irrumpió en la sala y arrojó treinta monedas de plata sobre la mesa, preguntando cuál sería esta vez el precio por el que Jesús iba a ser vendido a los judíos. Al margen de la veracidad de esta anécdota, sí parece que la idea de la expulsión procedió del entorno de la Inquisición.
La cifra de los judíos que salieron de España no se conoce, ni siquiera con aproximación. Los historiadores de la época dan cifras elevadísimas (Juan de Mariana habla de 800.000 personas, e Isaac Abravanel de 300.000). Sin embargo, las estimaciones actuales reducen significativamente esta cifra (Henry Kamen estima que, de una población aproximada de 80.000 judíos, aproximadamente la mitad —unos 40.000— optaron por la emigración ). Los judíos españoles emigraron principalmente a Portugal (de donde volverían a ser expulsados en 1497) y a Marruecos. Más adelante, los sefardíes, descendientes de los judíos de España, establecerían florecientes comunidades en muchas ciudades de Europa, como Ámsterdam, y el Norte de África, y, sobre todo, en el Imperio otomano.
Los que se quedaron engrosaron el grupo de conversos que eran el objetivo predilecto de la Inquisición. Dado que todo judío que quedaba en los reinos de España había sido bautizado, si continuaba practicando la religión judía, era susceptible de ser denunciado. Puesto que en el lapso de tres meses se produjeron numerosísimas conversiones —unas 40.000, si se acepta la cifra de Kamen— puede suponerse con lógica que gran parte de ellas no eran sinceras, sino que obedecían únicamente a la necesidad de evitar el decreto de expulsión.
El período de más intensa persecución de los judeoconversos duró hasta 1530; desde 1531 hasta 1560, sin embargo, el porcentaje de casos de judeoconversos en los procesos inquisitoriales bajó muy significativamente, hasta llegar a ser sólo el 3% del total. Hubo un rebrote de las persecuciones cuando se descubrió un grupo de judaizantes, en 1588, enQuintanar de la Orden, y en la última década del siglo XVI volvieron a aumentar las denuncias. A comienzos del siglo XVII comienzan a retornar a España algunos judeoconversos que se habían instalado en Portugal, huyendo de las persecuciones que la Inquisición portuguesa, fundada en 1532, estaba realizando en el país vecino. Esto se traduce en un rápido aumento de los procesos a judaizantes, de los que fueron víctimas varios prestigiosos financieros. En 1691, en varios autos de fe, fueron quemados en Mallorca 36 chuetas o judeoconversos mallorquines.
A lo largo del siglo XVIII se reduce significativamente el número de judeoconversos acusados por la Inquisición. El último proceso a un judaizante fue el de Manuel Santiago Vivar, que tuvo lugar en Córdoba en 1818.


Represión del protestantismo

La llegada en 1516 a España del nuevo rey Carlos I fue vista por los conversos como una posibilidad de terminar con la Inquisición, o al menos de reducir su influencia. Sin embargo, a pesar de las reiteradas peticiones de las Cortes de Castilla y de Aragón, el nuevo monarca mantuvo intacto el sistema inquisitorial.
Durante el siglo XVI, sin embargo, la mayoría de los procesos no tuvieron como objetivo a los falsos conversos. La Inquisición se reveló un mecanismo eficaz para extinguir los escasos brotes protestantes que aparecieron en España. Curiosamente, gran parte de estos protestantes eran de origen judío.
El primer proceso relevante fue el que se siguió contra la secta mística conocida como los «alumbrados» en Guadalajara y Valladolid. Los procesos fueron largos, y se resolvieron con penas de prisión de diferente magnitud, sin que ninguno de los integrantes de estas sectas fuese ejecutado. No obstante, el asunto de los «alumbrados» puso a la Inquisición sobre la pista de numerosos intelectuales y religiosos que, interesados por las ideas erasmistas, se habían desviado de la ortodoxia (lo cual es llamativo porque tanto Carlos I como Felipe IIfueron admiradores confesos de Erasmo de Rotterdam). Éste fue el caso del humanista Juan de Valdés, que debió huir a Italia para escapar al proceso que se había iniciado contra él, o del predicador Juan de Ávila, que pasó cerca de un año en prisión.
Los principales procesos contra grupos luteranos propiamente dichos tuvieron lugar entre 1558 y 1562, a comienzos del reinado de Felipe II, contra dos comunidades protestantes de las ciudades de Valladolid y Sevilla. Estos procesos significaron una notable intensificación de las actividades inquisitoriales. Se celebraron varios autos de fe multitudinarios, algunos de ellos presididos por miembros de la realeza, en los que fueron ejecutadas alrededor de un centenar de personas. Después de 1562, aunque los procesos continuaron, la represión fue mucho menor, y se calcula que sólo una decena de españoles fueron quemados vivos por luteranos hasta finales del XVI, aunque se siguió proceso a unos doscientos. Con los autos de fe de mediados de siglo se había acabado prácticamente con el protestantismo español, que fue, por otro lado, un fenómeno bastante minoritario.


La censura

En el marco de la Contrarreforma, la Inquisición trabajó activamente para evitar la difusión de ideas heréticas en España mediante la elaboración de sucesivos índices: se publicaron índices en 1551, 1559, 1583 y luego, en el siglo XVII, en 1612, 1632 y 1640. Estos índices eran listas de libros prohibidos por razones de ortodoxia religiosa que ya eran comunes en Europa una década antes de que la Inquisición publicara el primero de los suyos que era, en realidad, una reimpresión del publicado en la Universidad de Lovaina en 1550, con un apéndice dedicado a los libros españoles. Los índices incluían una enorme cantidad de libros de todo tipo, aunque prestaban especial atención a las obras religiosas y, particularmente, a las traducciones vernáculas de la Biblia.
Se incluyeron en el índice, en uno u otro momento, muchas de las grandes obras de la literatura española. También varios escritores religiosos, hoy considerados santos por la Iglesia Católica, vieron sus obras en el índice de libros prohibidos. En principio, la inclusión en el índice implicaba la prohibición total y absoluta del libro, so pena de herejía, pero con el tiempo se adoptó una solución de compromiso, consistente en permitir las ediciones expurgadas de algunos de los libros prohibidos. A pesar de que en teoría las restricciones que el Índice imponía para la difusión de la cultura en España eran enormes, algunos autores, como Henry Kamen, opinan que un control tan estricto fue imposible en la práctica y que existió mucha más libertad en este aspecto de lo que habitualmente se cree. La cuestión es polémica. Uno de los casos más destacados —y más conocidos— en que la Inquisición chocó frontalmente con la actividad literaria es el de Fray Luis de León, destacado humanista y escritor religioso, de origen converso, que sufrió prisión durante cuatro años (entre 1572 y 1576) por haber traducido el Cantar de los Cantares directamente del hebreo. Es un hecho, no obstante, que la actividad inquisitorial no impidió el florecimiento del llamado Siglo de Oro de la literatura española, a pesar de que casi todos sus grandes autores tuvieron en alguna ocasión sus más y sus menos con el Santo Oficio.


La Inquisición y los moriscos

La Inquisición no afectó en exclusiva a judeoconversos y protestantes. Hubo un tercer colectivo que sufrió sus rigores, aunque en menor medida. Se trata de los moriscos, es decir, los conversos provenientes del Islam. Los moriscos se concentraban sobre todo en tres zonas: en el recién conquistado Reino nazarí de Granada, en Aragón y en Valencia. Oficialmente, todos los musulmanes de Castilla se habían convertido al cristianismo en 1502; los de Aragón y Valencia, por su parte, fueron obligados a convertirse por un decreto de Carlos I en 1526.
Muchos moriscos mantenían en secreto su religión; pese a ello, en las primeras décadas del siglo XVI, época de intensa persecución de conversos de origen judío, apenas fueron perseguidos por la Inquisición. Había varias razones para ello: en los reinos de Valencia y de Aragón la gran mayoría de los moriscos estaban bajo jurisdicción de la nobleza, y perseguirles hubiera supuesto ir frontalmente contra los intereses económicos de esta poderosa clase social. En Granada, el problema principal era el miedo a la rebelión en una zona particularmente vulnerable en una época en que los turcos señoreaban el Mediterráneo. Por esta razón, con los moriscos se ensayó una política diferente, la evangelización pacífica, que nunca fue seguida con los judeoconversos.
No obstante, en la segunda mitad del siglo, avanzado ya el reinado de Felipe II, las cosas cambiaron. Entre 1568 y 1570 se produjo la revuelta de las Alpujarras, una sublevación que fue reprimida con inusitada dureza. Además de las ejecuciones y deportaciones de moriscos a otras zonas de España que tuvieron lugar entonces, la Inquisición intensificó los procesos a moriscos. A partir de 1570, en los tribunales de Zaragoza, Valencia y Granada los casos de moriscos eran con mucho los más abundantes. Sin embargo, no se les aplicó la misma dureza que a los judeoconversos y los protestantes, y el número de penas capitales fue proporcionalmente menor.
La permanente tensión que causaba el numeroso colectivo de los moriscos españoles hizo que se buscase una solución radical y definitiva, y el 4 de abril de 1609, bajo el reinado deFelipe III, se decretó la expulsión de los moriscos, que se realizó en varias etapas, hasta 1614, y durante la cual salieron de España cientos de miles de personas. Muchos de los expulsados eran cristianos sinceros; todos, por supuesto, estaban bautizados y eran oficialmente cristianos. Una mínima parte de los moriscos de España permaneció en la Península, y durante el siglo XVII la Inquisición siguió algunas causas contra ellos, pero tuvieron una importancia muy limitada: según Kamen, entre 1615 y 1700 los casos contra moriscos constituyeron sólo el 9% de los juzgados por la Inquisición.


Otros delitos

Aunque la Inquisición fue creada para evitar los avances de la herejía, se ocupó también de una amplia variedad de delitos que sólo indirectamente pueden relacionarse con la heterodoxia religiosa. Sobre el total de 49.092 procesados en el período de 1560 a 1700 de los que hay registro en los archivos de la Suprema fueron juzgados los siguientes delitos: judaizantes (5.007); moriscos (11.311); luteranos (3.499); alumbrados (149); supersticiones (3.750); proposiciones heréticas (14.319); bigamia (2.790); solicitaciones (1.241); ofensas al Santo Oficio (3.954); varios (2.575).
Estos datos demuestran que no sólo fueron perseguidos por la Inquisición los cristianos nuevos (judeoconversos y moriscos) y los protestantes, sino que muchos cristianos viejos sufrieron su actividad por diferentes motivos.
El apartado de supersticiones incluye los procesos relacionados con la brujería. La caza de brujas en España tuvo una intensidad mucho menor que en otros países europeos (especialmente Francia, Inglaterra y Alemania). Un caso destacado fue el proceso de Logroño, en que se juzgó a las brujas de la localidad navarra de Zugarramurdi. En el auto de fe que tuvo lugar en Logroño los días 7 y 8 de noviembre de 1610 fueron quemadas seis personas, y otras cinco en efigie. En general, sin embargo, la Inquisición mantuvo una actitud escéptica hacia los casos de brujería, considerando, a diferencia de los inquisidores medievales, que se trataba de una mera superstición sin base alguna. Alonso de Salazar Frías, que después del proceso de Logroño llevó un edicto de gracia a varias localidades navarras, indicó en su informe a la suprema que: «No hubo brujas ni embrujados en el lugar hasta que se comenzó a tratar y escribir de ellos».
Bajo el rubro de «proposiciones heréticas» se incluían todos los delitos verbales, desde la blasfemia hasta afirmaciones relacionadas con las creencias religiosas, la moral sexual o el clero. Muchas personas fueron procesadas por afirmar que la «simple fornicación» (relación sexual entre solteros) no era pecado, o por poner en duda diferentes aspectos de la fe cristiana, tales como la presencia real de Cristo en la Eucaristía o la virginidad de María. También el propio clero era acusado en ocasiones de proposiciones heréticas. Estos delitos no llevaban aparejadas generalmente penas demasiado graves.
La Inquisición era competente además en muchos delitos contra la moral, a veces en abierto conflicto de competencias con los tribunales civiles. En particular, fueron muy numerosos los procesos por bigamia, un delito relativamente frecuente en una sociedad en la que no existía el divorcio. En el caso de los hombres, la pena solía ser de cinco años de galeras. La bigamia era asimismo un delito frecuente entre las mujeres. También se juzgaron numerosos casos de solicitación sexual durante la confesión, lo que indica que el clero era estrechamente vigilado.
Mención aparte merece la represión inquisitorial de dos delitos sexuales que en la época solían asociarse, por considerarse ambos, según el derecho canónico, contra naturam: la homosexualidad y el bestialismo. La homosexualidad, denominada en la época «sodomía», era castigada con la muerte por los tribunales civiles. Era competencia de la Inquisición sólo en los territorios de la Corona de Aragón, desde que en 1524 Clemente VII, en un breve papal, concediera a la Inquisición aragonesa jurisdicción sobre la sodomía, estuviese o no relacionada con la herejía. En Castilla no se juzgaban casos de sodomía, a no ser que tuvieran relación con desviaciones heréticas. El tribunal de Zaragoza se distinguió por su severidad juzgando este delito: entre 1571 y 1579 fueron juzgados en Zaragoza más de un centenar de hombres acusados de sodomía, y al menos 36 fueron ejecutados; en total, entre 1570 y 1630 se dieron 534 procesos, y fueron ejecutadas 102 personas.


Organización


Estructura de la Inquisición.
A pesar de ser competente en asuntos religiosos, la Inquisición fue un instrumento al servicio de la monarquía. En general, sin embargo, esto no significaba que fuese absolutamente independiente de la autoridad papal, ya que para su actividad debía contar, en varios aspectos, con la aprobación de Roma. Aunque el Inquisidor General, máximo responsable del Santo Oficio, era designado por el rey, su nombramiento debía ser aprobado por el Papa. El Inquisidor General era el único cargo público cuya competencia alcanzaba a todos los reinos de España (incluyendo los virreinatos americanos), salvo un breve período (1507–1518) en que existieron dos inquisidores generales, uno en la Corona de Castilla, y otro en la de Aragón. Tanto fue así, que en ciertas ocasiones la corona utilizaba a la Inquisición para detener a personas que habían sido condenadas en Castilla y se encontraban en zonas protegidas por fueros.
A lo largo de su existencia, se produjeron distintas fricciones entre Roma y los Reyes de España por el control de la Inquisición. Sixto IV había promulgado una bula en 1478 por la que daba a la corona española plenos poderes para el nombramiento y destitución de los inquisidores, pero al enterarse de los abusos cometidos por estos en Sevilla, revocó la bula en 1482, haciendo que los inquisidores se sometieran a los obispos de sus diócesis. Ante la protesta elevada por Fernando el Católico, el Papa llegó a decir que «la inquisición llevaba tiempo actuando no por celo de la fe y salvación de las almas, sino por la codicia de la riqueza, y muchos verdaderos y fieles cristianos [...] han sido encerrados [...] torturados y condenados como herejes relapsos, privados de sus bienes y propiedades, [...] dando un ejemplo pernicioso y causando escándalo a muchos». Como respuesta a ello, el rey acusó al Papa de favorecer a los conversos, y se permitió decirle esto: «Tenga cuidado [...] de no permitir que el asunto vaya más lejos, y de revocar toda concesión, encomendándonos el cuidado de esta cuestión». Ante tanta resolución, Sixto IV se echó atrás y dejó en manos de la corona el control de la Inquisición. En 1483 el Papa concedió a los conversos una bula que revocaba todos los casos de apelación, que debían ser presentados ante Roma, pero once días más tarde la suspendió, alegando que había sido engañado.
Otra cuestión conflictiva fue el caso de las cartas a Roma. Como la constitución del tribunal permitía al acusado apelar a Roma, esto hicieron los conversos en numerosas ocasiones, y como las respuestas fueran tan contradictorias a las sentencias, el Rey Católico acabó por amenazar con muerte a quien apelara sin permiso real y otorgó a la Inquisición el derecho a escuchar apelaciones. Así, la Santa Sede renunciaba a otra cuestión más en el gobierno del tribunal. También tuvo que claudicar ante la presión ejercida por éste para que se pudiera procesar a Bartolomé de Carranza, aun siendo él obispo (los obispos eran las únicas personas al margen del Santo oficio) y ser acusado injustamente.


Consejo de la Suprema y General Inquisición

El Inquisidor General presidía el Consejo de la Suprema y General Inquisición (generalmente abreviado en «Consejo de la Suprema»), creado en 1478, formado por seis miembros que eran nombrados directamente por el rey (el número de miembros de la Suprema varió a lo largo de la historia de la Inquisición, pero nunca fue mayor de diez). Con el tiempo, la autoridad de la Suprema fue creciendo, y debilitándose el poder del Inquisidor General.
La Suprema se reunía todas las mañanas de los días no feriados, y además los martes, jueves y sábados, dos horas por la tarde. En las sesiones matinales se trataban las cuestiones de fe, mientras que por la tarde se reservaban a los casos de sodomía, bigamia, hechicería, etc.
Dependientes de la Suprema eran los diferentes tribunales de la Inquisición, que en sus orígenes eran itinerantes, instalándose allí donde fuera necesario para combatir la herejía, pero que más adelante tuvieron sedes fijas. En una primera etapa se establecieron numerosos tribunales, pero a partir de 1495 se manifiesta una tendencia a la concentración.
En la Corona de Castilla se establecieron los siguientes tribunales permanentes de la Inquisición:
  • En 1482 en Sevilla y en Córdoba.
  • En 1485 en Toledo y en Llerena.
  • En 1488 en Valladolid y en Murcia.
  • En 1489 en Cuenca.
  • En 1505 en Las Palmas de Gran Canaria.
  • En 1512 en Logroño.
  • En 1526 en Granada.
  • En 1574 en Santiago de Compostela.
Para la Corona de Aragón funcionaron sólo cuatro tribunales: Zaragoza y Valencia (1482), Barcelona (1484) y Mallorca (1488). Fernando el Católico implantó la Inquisición Española también en Sicilia (1513), con sede en Palermo, y en Cerdeña. En América, en 1569 se crearon los tribunales de Lima y de México, y en 1610 el de Cartagena de Indias.


Composición de los tribunales

Cada uno de los tribunales contaba al inicio con dos inquisidores, un «calificador», un alguacil y un fiscal. Con el tiempo fueron añadiéndose nuevos cargos.
Los inquisidores eran preferentemente juristas, más que teólogos, e incluso en 1608 Felipe III estipuló que todos los inquisidores debían tener conocimientos en leyes. Los inquisidores no solían permanecer mucho tiempo en el cargo: para el tribunal de Valencia, por ejemplo, la media de permanencia en el cargo era de unos dos años. La mayoría de los inquisidores pertenecían al clero secular (sacerdotes), y tenían formación universitaria. Su sueldo era de 60.000 maravedíes a finales del siglo XV, y de 250.000 maravedíes a comienzos del XVII.
El procurador fiscal era el encargado de elaborar la acusación, investigando las denuncias e interrogando a los testigos.
Los calificadores eran generalmente teólogos; a ellos competía determinar si en la conducta del acusado existía delito contra la fe.
Los consultores eran juristas expertos que asesoraban al tribunal en cuestiones de la casuística procesal.
El tribunal contaba además con tres secretarios: el notario de secuestros, quien registraba las propiedades del reo en el momento de su detención; el notario del secreto, quien anotaba las declaraciones del acusado y de los testigos; y el escribano general, secretario del tribunal.
El alguacil era el brazo ejecutivo del tribunal: a él competía detener y encarcelar a los acusados.
Otros funcionarios eran el nuncio, encargado de difundir los comunicados del tribunal, y el alcalde, carcelero encargado de alimentar a los presos.
Además de los miembros del tribunal, existían dos figuras auxiliares que colaboraban en el desempeño de la actividad inquisitorial: los familiares y los comisarios.
Los familiares eran colaboradores laicos del Santo Oficio, que debían estar permanentemente al servicio de la Inquisición. Convertirse en familiar era considerado un honor, ya que suponía un reconocimiento público de limpieza de sangre y llevaba además aparejados ciertos privilegios. Aunque eran muchos los nobles que ostentaban el cargo, la mayoría de los familiares eran de extracción social popular.
Los comisarios, por su parte, eran sacerdotes regulares que colaboraban ocasionalmente con el Santo Oficio.
Uno de los aspectos más llamativos de la organización de la Inquisición es su forma de financiación: carentes de un presupuesto propio, dependían exclusivamente de las confiscaciones de los bienes de los reos. No resulta sorprendente, por tanto, que muchos de los encausados fueran hombres ricos. Que la situación propiciaba abusos es evidente, como se destaca en el memorial que un converso toledano dirigió a Carlos I:
Vuestra Majestad debe proveer ante todas cosas que el gasto del Santo Oficio no sea de las haciendas de los condenados, porque recia cosa es que si no queman no comen.


El funcionamiento de la Inquisición


Debe tenerse en cuenta, en primer lugar, que la Inquisición no funcionó en modo alguno de forma arbitraria, sino conforme al derecho canónico. Sus procedimientos se explicitaban en las llamadas Instrucciones, elaboradas por los sucesivos inquisidores generales Torquemada, Deza y Valdés.


Acusación

Cuando la Inquisición llegaba a una ciudad, el primer paso era el «edicto de gracia». Tras la misa del domingo, el inquisidor procedía a leer el edicto: se explicaban las posibles herejías y se animaba a todos los feligreses a acudir a los tribunales de la Inquisición para descargar sus conciencias. Se denominaban «edictos de gracia» porque a todos los autoinculpados que se presentasen dentro de un «período de gracia» (aproximadamente, un mes) se les ofrecía la posibilidad de reconciliarse con la Iglesia sin castigos severos. La promesa de benevolencia resultaba eficaz, y eran muchos los que se presentaban voluntariamente ante la Inquisición. La autoinculpación no era suficiente: se hacía necesario también acusar a todos los cómplices, con lo cual la Inquisición contaba con una inagotable provisión de informantes. Con el tiempo, los «edictos de gracia» fueron sustituidos por los llamados «edictos de fe», suprimiéndose esta posibilidad de reconciliación voluntaria.
Las delaciones eran anónimas, y el acusado no tenía ninguna posibilidad de conocer la identidad de sus acusadores. Éste era uno de los puntos más criticados por los que se oponían a la Inquisición (por ejemplo, las Cortes de Castilla, en 1518). En la práctica, eran frecuentes las denuncias falsas para satisfacer envidias o rencores personales. Muchas denuncias eran por motivos absolutamente nimios. La Inquisición estimulaba el miedo y la desconfianza entre vecinos, e incluso no eran raras las denuncias entre familiares.


Detención

Tras la denuncia, el caso era examinado por los «calificadores», quienes debían determinar si había herejía, y a continuación se procedía a detener al reo. En la práctica, sin embargo, eran numerosas las detenciones preventivas, y se dieron situaciones de detenidos que esperaron hasta dos años en prisión antes de que los «calificadores» examinasen su caso.
La detención del acusado implicaba el secuestro preventivo de sus bienes por la Inquisición. Los bienes del detenido se utilizaban para pagar los gastos de su propio mantenimiento y las costas procesales, y a menudo los familiares del acusado quedaban en la más absoluta de las miserias. Sólo en 1561 se dictaron instrucciones para remediar esta situación.
Todo el procedimiento era llevado en el secreto más absoluto, tanto para el público como para el propio reo, que no era informado de cuáles eran las acusaciones que pesaban sobre él. Podían pasar meses, o incluso años, sin que se le informase acerca de por qué estaba encerrado. El preso permanecía aislado, y durante el tiempo que duraba su prisión no se le permitía acceder a la misa ni a los sacramentos. Los calabozos de la Inquisición no eran peores que los de la justicia ordinaria, e incluso hay ciertos testimonios de que en ocasiones eran bastante mejores. Algunos detenidos morían en prisión, como era frecuente en la época.


Proceso

El proceso inquisitorial se componía de una serie de audiencias, en las cuales declaraban tanto los denunciantes como el acusado. Se asignaba al acusado un abogado defensor —miembro del tribunal—, cuya función era únicamente asesorar al acusado y animarle a decir la verdad. La acusación era dirigida por el procurador fiscal. Los interrogatorios al acusado se realizaban en presencia del notario del secreto, que anotaba minuciosamente las palabras del reo (los archivos de la Inquisición, en relación con los de otros sistemas judiciales de la época, llaman la atención por lo completo de su documentación). Para defenderse, el acusado tenía dos posibilidades: «abonos» (encontrar testigos favorables) o «tachas» (demostrar que los testigos de la acusación no eran fiables).

Funcionarios de la Iglesia Católica Romana presiden la tortura de un hombre durante la Inquisición Española.
Para interrogar a los reos, la Inquisición hizo uso de la tortura, pero no de forma sistemática. Se aplicó sobre todo contra los sospechosos de judaísmo y protestantismo, a partir del siglo XVI. Por poner un ejemplo, Lea estima que entre 1575 y 1610 fueron torturados en el tribunal de Toledo aproximadamente un tercio de los encausados por herejía.En otros períodos la proporción varió notablemente. La tortura era siempre un medio de obtener la confesión del reo, no un castigo propiamente dicho. Se aplicaba sin distinción de sexo ni edad, incluyendo tanto a niños como a ancianos.
Los procedimientos de tortura más empleados por la Inquisición fueron la «garrucha», la «toca» y el potro. El suplicio de la garrucha consistía en colgar al reo del techo con una polea con pesos atados a los tobillos, ir izándolo lentamente y soltar de repente, con lo cual brazos y piernas sufrían violentos tirones y en ocasiones se dislocaban. La toca, también llamada «tortura del agua», consistía en introducir una toca o un paño en la boca a la víctima, y obligarla a ingerir agua vertida desde un jarro para que tuviera la impresión de que se ahogaba. El potro era el instrumento de tortura más utilizado.
Una vez concluido el proceso, los inquisidores se reunían con un representante del obispo y con los llamados «consultores», expertos en teología o en derecho canónico, en lo que se llamaba «consulta de fe». Se votaba el caso, y se emitía la sentencia, que debía ser unánime. En caso de discrepancias, se hacía necesario remitir el informe a la Suprema.


Sentencia

Los resultados del proceso podían ser los siguientes:
  1. El acusado podía ser absuelto. Las absoluciones fueron en la práctica muy escasas.
  2. El proceso podía ser «suspendido», con lo que en la práctica el acusado quedaba libre, aunque bajo sospecha, y con la amenaza de que su proceso se continuase en cualquier momento. La suspensión era una forma de absolver en la práctica sin admitir expresamente que la acusación había sido errónea.
  3. El acusado podía ser «penitenciado». Considerado culpable, debía abjurar públicamente de sus delitos (de levi si era un delito menor, y de vehementis si el delito era grave), y condenado a un castigo. Entre éstos se encontraban el sambenito, el destierro (temporal o perpetuo), multas o incluso la condena a galeras.
  4. El acusado podía ser «reconciliado». Además de la ceremonia pública en la que el condenado se reconciliaba con la Iglesia Católica, existían penas más severas, entre ellas largas condenas de cárcel o galeras, y la confiscación de todos sus bienes. También existían castigos físicos, como los azotes.
  5. El castigo más grave era la «relajación» al brazo secular, que implicaba la muerte en la hoguera. Recibían este castigo los herejes impenitentes y los «relapsos» (reincidentes). La ejecución era pública. Si el condenado se arrepentía, se le estrangulaba mediante el Garrote vil antes de entregar su cuerpo a las llamas. Si no, era quemado vivo.
Eran frecuentes los casos de los que, bien por haber sido juzgados in absentia, bien por haber fallecido antes de que terminase el proceso, eran quemados en efigie.
La distribución de las penas varió mucho a lo largo del tiempo. Según se cree, las condenas a muerte fueron frecuentes sobre todo en la primera etapa de la historia de la Inquisición (según García Cárcel, el tribunal de Valencia condenó a muerte antes de 1530 al 40% de los procesados, pero después el porcentaje bajó hasta el 3%).


Los autos de fe



Auto de Fe (1683), de Francisco Ricci. Museo del Prado.
Si la sentencia era condenatoria, implicaba que el condenado debía participar en la ceremonia denominada auto de fe, que solemnizaba su retorno al seno de la Iglesia (en la mayor parte de los casos), o su castigo como hereje impenitente. Los autos de fe podían ser privados («auto particular») o públicos («auto público» o «auto general»).
Aunque inicialmente los autos públicos no revestían especial solemnidad ni se pretendía una asistencia masiva de espectadores, con el tiempo se convirtieron en una ceremonia solemne, celebrada con multitudinaria asistencia de público, en medio de un ambiente festivo. El auto de fe terminó por convertirse en un espectáculo barroco, con una puesta en escena minuciosamente calculada para causar el mayor efecto en los espectadores.
Los autos solían realizarse en un espacio público de grandes dimensiones (en la plaza mayor de la ciudad, frecuentemente), generalmente en días festivos. Los rituales relacionados con el auto empezaban ya la noche anterior (la llamada «procesión de la Cruz Verde») y duraban a veces el día entero. El auto de fe fue llevado a menudo al lienzo por pintores: uno de los ejemplos más conocidos es el cuadro de Francesco Rizzi conservado en el Museo del Prado y que representa el celebrado en la Plaza Mayor de Madrid el 30 de junio de 1680 (ver imagen).
El último auto de fe público tuvo lugar en el año 1691.


Decadencia de la Inquisición

La llegada de la Ilustración a España desaceleró la actividad inquisitorial. En la primera mitad del siglo XVIII se quemó en persona a 111 condenados, y en efigie a 117, la mayoría de ellos los denominados «judaizantes». En el reinado de Felipe V el número de autos de fe fue de 728. Sin embargo, en los reinados de Carlos III y Carlos IV sólo se quemó a cuatro condenados.
Con el Siglo de las Luces la Inquisición se reconvirtió: la nuevas ideas ilustradas eran la amenaza más próxima y debían ser combatidas. Las principales figuras de la Ilustración Española fueron partidarias de la abolición de la Inquisición. Muchos de los ilustrados españoles fueron procesados por el Santo Oficio, entre ellos Olavide, en 1776; Iriarte, en 1779; y Jovellanos, en 1796. Éste último elevó un informe a Carlos IV en el que señalaba la ineficacia de los tribunales inquisitoriales y el desconocimiento que los actuantes tenían:
frailes que toman [el puesto] sólo para lograr el platillo y la exención de coro; que ignoran las lenguas extrañas, que sólo saben un poco de teología escolástica...
En la nueva tarea, la Inquisición trató de acentuar su función censora de las publicaciones, pero encontró que Carlos III había secularizado los procedimientos de censura y, en muchas ocasiones, la autorización del Consejo de Castilla chocaba con la más intransigente postura inquisitorial. Siendo la propia Inquisición parte del aparato del Estado por estar presente en el mencionado Consejo de Castilla, generalmente era la censura civil y no la eclesiástica la que terminaba imponiéndose. Esta pérdida de influencia se explica también porque la penetración de obras extranjeras ilustradas se hacía a través de miembros destacados de la nobleza o el gobierno, personas influyentes a quienes era muy difícil interferir. Así entró en España, por ejemplo, la Enciclopedia Metódica, gracias a licencias especiales otorgadas por el Rey.
No obstante, a partir de la Revolución francesa, el Consejo de Castilla, temiendo que las ideas revolucionarias terminasen por penetrar en España, decidió reactivar el Santo Oficio a quien se encomendó encarecidamente la persecución de las obras francesas. El 13 de diciembre de 1789 un edicto inquisitorial, que recibió todo el beneplácito de Carlos IV y del Conde de Floridablanca, dictaminó que:
teniendo noticias de haberse esparcido y divulgado en estos reinos varios libros ... que, sin contentarse con la sencilla narración de unos hechos de naturaleza sediciosos ... parecen formar un código teórico y práctico de independencia a las legítimas potestades .... destruyendo de esta suerte el orden político y social... se prohíbe la lectura, bajo multa, de treinta y nueve obras en francés
No obstante, la actividad inquisitorial se vio imposibilitada ante la avalancha de información que cruzaba la frontera, reconociendo en 1792 que
la muchedumbre de papeles sediciosos ... no da lugar para ir formalizando los expedientes contra los sujetos que los introducen...
La lucha contra la Inquisición en el interior se produjo casi siempre de forma clandestina. Los primeros textos que cuestionaron el papel inquisitorial y alababan los ideales de Voltaire o Montesquieu aparecieron en 1759. Tras la suspensión de la actividad censora previa por parte del Consejo de Castilla en 1785, el periódico El Censor inició la publicación de protestas contra la actividad del Santo Oficio mediante la crítica racionalista e, incluso, Valentín de Foronda publicó Espíritu de los mejores diarios, un alegato en favor de la libertad de expresión que se leía con avidez en los ateneos; igualmente, el militar Manuel de Aguirre, en la misma línea, escribió «Sobre el tolerantismo» en El CensorEl Correo de los Ciegos y El Diario de Madrid.


El fin de la Inquisición

Durante el reinado de Carlos IV y, a pesar de los temores que suscitaba la Revolución francesa, se produjeron varios hechos que acentuaron el declinar de la institución inquisitorial. En primer lugar, el Estado iba dejando de ser un mero organizador social para tener que preocuparse por el bienestar público y, con ello, tenía que plantearse el poder terrenal de la Iglesia, entre otras cuestiones, en los señoríos y, de forma general, en la riqueza acumulada que impedía el progreso social. Por otro lado, la permanente pugna entre el poder del Trono y el poder de la Iglesia se inclinó cada vez más de parte de aquél, en donde los ilustrados encontraban mejor protección a sus ideales. El propio Godoy y Antonio Alcalá Galiano se mostraron abiertamente hostiles a una institución cuyo único papel había quedado reducido a la censura y que mostraba una leyenda negra internacional de España que no convenía a los intereses políticos del momento:
¿La Inquisición? Su antiguo poder no existía ya: la autoridad horrible que este tribunal sanguinario había ejercido en otros tiempos quedaba reducida, quedaba muy reducida ... el Santo Oficio había venido a parar en ser una especie de comisión para la censura de libros, no más ...
De hecho, las obras prohibidas circulaban con fluidez en entornos públicos, como las librerías de Sevilla, Salamanca o Valladolid.
La Inquisición fue abolida durante la dominación de Napoleón y el reinado de José I (1808-1812). En 1813, los diputados liberales de las Cortes de Cádiz lograron también su abolición, en buena medida por la propia condena que el Santo Oficio había realizado de la sublevación popular contra la invasión del francés. Pero fue restaurada cuando Fernando VII recuperó el trono el 1 de julio de 1814. Fue de nuevo abolida durante el Trienio liberal. Posteriormente, en la Década Ominosa, la Inquisición no fue formalmente restablecida, aunque de facto volvió a actuar bajo la fórmula de las Juntas de Fe, toleradas en las diócesis por el rey Fernando y que tuvieron el triste honor de ejecutar al último hereje condenado, el maestro de escuela Cayetano Ripoll, ejecutado en Valencia el 26 de julio de 1826 (presuntamente por haber enseñado los principios deístas), y todo ello entre un escándalo internacional en Europapor la actitud de despotismo que todavía pervivía en España.
La Inquisición fue definitivamente abolida el 15 de julio de 1834 por un Real Decreto firmado por la regente María Cristina de Borbón, durante la minoría de edad de Isabel II y con el visto bueno del Presidente del Consejo de Ministros Francisco Martínez de la Rosa. (Es posible que algo semejante a la Inquisición actuase durante la primera Guerra Carlista en las zonas dominadas por los carlistas, puesto que una de las medidas de gobierno que preconizaba Carlos María Isidro de Borbón era la reimplantación de la Inquisición).


Número de víctimas


Placa en Ribadavia que conmemora el proceso realizado por la Inquisición hace cuatrocientos años contra vecinos de la villa por causa de sus creencias
El cronista Hernando del Pulgar, contemporáneo de los Reyes Católicos, calculó que hasta 1490 (sólo una década después del comienzo de su actividad), la Inquisición habría quemado en la hoguera a 2.000 personas, y reconciliado a otras 15.000.
Las primeras estimaciones cuantitativas del número de procesados y ejecutados por la Inquisición Española las ofreció Juan Antonio Llorente, que fue secretario general de la Inquisición de 1789 a 1801 y publicó en 1822, en París, Historia crítica de la Inquisición. Según Llorente, a lo largo de su historia la Inquisición habría procesado a un total de 341.021 personas, de las cuales algo menos de un 10% (31.912) habrían sido ejecutadas. Llegó a escribir: «Calcular el número de víctimas de la Inquisición es lo mismo que demostrar prácticamente una de las causas más poderosas y eficaces de la despoblación de España». El principal historiador moderno de la Inquisición, Henry Charles Lea, autor deHistory of the Inquisition of Spain, consideró que estas cifras, que no se basan en estadísticas rigurosas, eran muy exageradas.
Los historiadores modernos han emprendido el estudio de los fondos documentales de la Inquisición. En los archivos de la Suprema, actualmente en el Archivo Histórico Nacional, se conservan, en los informes que anualmente debían remitir todos los tribunales locales, las relaciones de todas las causas desde 1560 hasta 1700. Ese material proporciona información de 49.092 juicios, que han sido estudiados por Gustav Henningsen y Jaime Contreras. Según los cálculos de estos autores, sólo un 1,9% de los procesados fueron quemados en la hoguera.
Los archivos de la Suprema apenas proporcionan información acerca de las causas anteriores a 1560. Para estudiarlas, es necesario recurrir a los fondos de los tribunales locales, pero la mayoría se han perdido. Se conservan los de Toledo, Cuenca y Valencia. Dedieu ha estudiado los de Toledo, donde fueron juzgadas unas 12.000 personas por delitos relacionados con la herejía. Ricardo García Cárcel ha analizado los del tribunal de Valencia. De las investigaciones de estos autores se deduce que los años 1480-1530 fueron el período de más intensa actividad de la Inquisición, y que en estos años el porcentaje de condenados a muerte fue bastante más significativo que en los años estudiados por Henningsen y Contreras.
García Cárcel estima que el total de procesados por la Inquisición a lo largo de toda su historia fue de unos 150.000. Aplicando el porcentaje de ejecutados que aparece en las causas de 1560-1700 —cerca de un 2%— podría pensarse que una cifra aproximada puede estar en torno a las 3.000 víctimas mortales. Sin embargo, muy probablemente esta cifra deba corregirse al alza si se tienen en cuenta los datos suministrados por Dedieu y García Cárcel para los tribunales de Toledo y Valencia, respectivamente. Es probable que la cifra total esté entre 3.000 y 5.000 ejecutados. Sin embargo, es imposible determinar la exactitud de esta cifra, y, a causa de las lagunas en los fondos documentales, es poco probable que nunca se sepa con seguridad el número exacto de los ejecutados por la Inquisición.
Stephen Haliczer, uno de los profesores universitarios que trabajaron en los archivos del Santo Oficio, dice que descubrió que los inquisidores usaban la tortura con poca frecuencia y generalmente durante menos de 15 minutos. De 7.000 casos en Valencia, en menos del 2% se usó la tortura y nadie la sufrió más de dos veces. Más aún, el Santo Oficio tenía un manual de procedimiento que prohibía muchas formas de tortura usadas en otros sitios de Europa. Los inquisidores eran en su mayoría hombres de leyes, escépticos en cuanto al valor de la tortura para descubrir la herejía.


Leyenda negra de la Inquisición


A mediados del siglo XVI, coincidiendo con la persecución de los protestantes, empieza a aparecer en las plumas de varios intelectuales europeos protestantes una imagen de la Inquisición que exagera sus rasgos negativos con fines propagandísticos. Uno de los primeros en escribir acerca del tema es el inglés John Foxe (1516 – 1587), quien dedica un capítulo entero de su libro The Book of Martyrs a la Inquisición Española. Otra de las fuentes de la leyenda negra de la Inquisición fue Sanctae Inquisitionis Hispanicae Artes, firmada con el seudónimo de Reginaldus Gonzalvus Montanus, que fue probablemente escrita por dos protestantes españoles exiliados, Casiodoro de Reina y Antonio del Corro. Este libro tuvo un gran éxito y fue traducido al inglés, francés, holandés, alemán y húngaro, contribuyendo a cimentar la imagen negativa que en Europa se tenía de la Inquisición. Holandeses e ingleses, rivales políticos de España, fomentaron también esta leyenda negra.
Otras fuentes de la leyenda negra de la Inquisición proceden de Italia. Los intentos de Fernando el Católico de exportar la Inquisición Española a Nápoles desencadenaron varias revueltas, y todavía en fechas tan tardías como 1547 y 1564 hubo levantamientos antiespañoles cuando se creyó que se iba a establecer la Inquisición. En Sicilia, donde sí llegó a establecerse, hubo también revueltas contra la actividad del Santo Oficio, en 1511 y 1516. Son numerosos los autores italianos que en el siglo XVI se refieren con horror a las prácticas inquisitoriales.